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TITULO 1: DISPOSICIONES GENERALES

CAPITULO 1

ORDENANZA GENERAL DE URBANISMO Y CONSTRUCCIONES
TITULO 1
DISPOSICIONES GENERALES
CAPITULO 1
NORMAS DE COMPETENCIA Y DEFINICIONES

Artículo
1.1.1.
La presente Ordenanza reglamenta la Ley General de Urbanismo y
Construcciones, y regula el procedimiento administrativo, el proceso de planificación urbana, el
proceso de urbanización, el proceso de construcción, y los estándares técnicos de diseño y de
construcción exigibles en los dos últimos.
Al Ministerio de Vivienda y Urbanismo le corresponde estudiar las
modificaciones que la presente Ordenanza requiera. Para este fin podrá consultar a las asociaciones gremiales e instituciones ligadas al ámbito del urbanismo y la construcción, llevando
un registro de su participación en esta materia.1
Artículo
1.1.2.
Definiciones. Los siguientes vocablos tienen en esta Ordenanza el
significado que se expresa:
"Acera": parte de una vía destinada principalmente para circulación de peatones,
separada de la circulación de vehículos.
“Alteración”: cualquier supresión o adición que afecte a un elemento de la estructura o de las fachadas de un edificio y las obras de restauración, rehabilitación o remodelación de edificaciones.2
“Altura de edificación”: la distancia vertical, expresada en metros, entre el
suelo natural y un plano paralelo superior al mismo.3
“Ampliación”: aumentos de superficie edificada que se construyen con posterioridad a la recepción definitiva de las obras.4
"Antejardín": área entre la línea oficial y la línea de edificación, regulada en el
instrumento de planificación territorial.
“Antena”: conjunto de elementos utilizados para emitir o recibir señales de comunicaciones, sean éstas de radio, televisión, telefonía celular o personal o
cualquier otra onda o señal débil.5
1
2
3
4
5

Modificado por D.S. 75 – D.O. 25.06.01, reemplaza artículo.
Modificado por D.S. 75 – D.O. 25.06.01, sustituye definición.
Modificado por D.S. 75 – D.O. 25.06.01, sustituye definición.
Modificado por D.S. 75 – D.O. 25.06.01, agrega definición.
Modificado por D.S. 75 – D.O. 25.06.01, agrega definición.

DICIEMBRE 2009

GEN. 1-3