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alcaldía mayor
de bogotá, d.c.
Continuación del Decreto N°.
093
DE
07 m 20/4
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"Por el cual se adopta una medida de policía necesaria para garantizar el orden público, la
seguridad y la protección de los derechos y libertades públicas durante el fin de semana de
elecciones para Congreso de la República en el 2014"
(...)
PARÁGRAFO Io. La infracción a las medidas previstas en los literales a), b) y c) del numeral
2 se sancionarán por los alcaldes con multas hasta de dos salarios legales mínimos mensuales"
Que corresponde al Alcalde Mayor, como primera autoridad de Policía en la ciudad, adoptar las
medidas y utilizar los medios de policía necesarios para garantizar la seguridad ciudadana y la
protección de los derechos y libertades públicas, de conformidad con el artículo 35 del Decreto
Ley 1421 de 1993.
Que los numerales 1, 3, 5 y 6 del artículo 27 del Código de Policía de Bogotá, señalan que se
deben observar los siguientes comportamientos que favorecen la preservación de la salud en
relación con las bebidas embriagantes: no ofrecer o vender a menores de edad bebidas
embriagantes; no vender o consumir bebidas embriagantes en espacios tales como: hospitales,
zonas comunes de edificios, estadios, vehículos de transporte público, espacios públicos; no
distribuir muestras gratuitas de bebidas embriagantes a menores de edad; y no vender o consumir
bebidas embriagantes fuera de los horarios autorizados.
Que el fin de semana comprendido entre el sábado 8 y el domingo 9 de marzo del presente año se
llevarán a cabo la etapa preparatoria y la jornada de elecciones de Representantes a la Cámara y
Senadores de la República.
Que para este evento electoral en la ciudad de Bogotá se han desarrollado varias sesiones de la
Comisión de Asuntos Electorales, Comités de Inteligencia Electoral, así como video conferencias en el marco del Plan Democracia del Gobierno Nacional y la Policía Nacional.
Que en el marco de estos espacios se ha insistido en la necesidad de adoptar medidas que
permitan garantizar el máximo de condiciones de tranquilidad y seguridad para el desarrollo de
los procesos electorales, entre ellas la implementación de la restricción a la venta y consumo de
licor en toda la ciudad, para por un lado evitar hechos que alteren la convivencia en la ciudad, y
por otro lado permitir a las autoridades de seguridad su total concentración en las elecciones
tanto el día mismo de su desarrollo como en el día anterior por todo el alistamiento que
demandan.
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