FB A 1213 Alcadesa Comunicación Moción instando PP Senado ampliación proyecto Riberas Duero.pdf

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Ayuntamiento
de Zamora
Hidrográfica del Duero, destinados a la ampliación del “Proyecto de Recuperación
Medioambiental del Río Duero a su paso por Zamora Capital” en una 2ª Fase hacia el Barrio de
Carrascal (margen izquierda) y hacia Las Pajarrancas (margen derecha).
Grupo
Municipal
Socialista
Tal y como consta en el texto de la Moción en el primer trámite parlamentario en el Congreso
de los Diputados, la mayoría absoluta del Grupo Parlamentario del Partido Popular rechazó la
enmienda del Grupo Parlamentario Socialista impidiendo que prosperara la iniciativa del PSOE
de Zamora para que el Proyecto de recuperación de las riberas del Duero a su paso por el
municipio tuviera continuidad por ambas márgenes.
Queda pendiente el trámite parlamentario en el Senado, donde el Grupo Parlamentario
socialista volverá a insistir en que se acepte esta enmienda tan importante para la protección
natural del Río Duero y para el desarrollo urbano sostenible de la ciudad de Zamora.
Av. Plaza de Toros, 1.
49007–Zamora
Tel.980 672 202
www.psoezamora.org
psoezamora@yahoo.es
La Disposición Adicional A 2ª punto 1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico
del Empleado Público establece:
“1. Funciones públicas en las Corporaciones Locales:
1.1 Son funciones públicas, cuyo cumplimiento queda reservado exclusivamente a
funcionarios, las que
impliquen ejercicio de autoridad, las de fe pública y asesoramiento
legal preceptivo, las de control y fiscalización interna de la gestión económico-financiera y
presupuestaria, las de contabilidad y tesorería.
1.2 Son funciones públicas necesarias en todas las Corporaciones locales, cuya
responsabilidad administrativa está reservada a funcionarios con habilitación de carácter
estatal:
a. La de secretaría, comprensiva de la fe pública y el asesoramiento legal preceptivo.
El RD 1174/1987, de 18 de septiembre, por el que se regula el Régimen jurídico de los
Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional delimita las
funciones de cada puesto de trabajo
señalando:
“Artículo 2. La función de fe pública comprende:
…e. Certificar de todos los actos o resoluciones de la Presidencia y los acuerdos de los órganos
colegiados decisorios, así como de los antecedentes, libros y documentos de la entidad.
f. Remitir a la Administración del Estado y a la de la Comunidad Autónoma, en los plazos y
formas determinados reglamentariamente, copia o, en su caso, extracto de los actos y
acuerdos de los órganos decisorios de la Corporación, tanto colegiados como unipersonales.
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