20131001 Acta aprobada Junta Gobierno Local de 1 de octubre 2013.pdf

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d) Licencia de obra para construcción de estación de servicio en C/Villalpando nº 13 c/v
Cuesta del Bolón, solicitada por D. Francisco Javier Robles Rodríguez, en rp. de
REPSOL COMERCIAL DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS S.A. ACUERDOS
PROCEDENTES.Dada cuenta de expediente seguido a instancia de D. Francisco Javier Robles Rodríguez,
en representación de REPSOL COMERCIAL DE PRODUCTOS PETROLIFEROS, S.A.,
solicitando concesión de licencia para Construcción de estación de servicio en C/ Villalpando,
nº 13 c/v Cuesta del Bolón (parcela catastral 0995008), la Junta de Gobierno Local, por
unanimidad de los miembros presentes que reviste mayoría absoluta de su composición legal,
y de conformidad con los informes obrantes en el expediente, ACUERDA:
PRIMERO Y ÚNICO.- Conceder a D. Francisco Javier Robles Rodríguez, en representación
de REPSOL COMERCIAL DE PRODUCTOS PETROLIFEROS, S.A., Licencia Municipal de
obra para Construcción de estación de servicio en C/ Villalpando, nº 13 c/v Cuesta del Bolón
(parcela catastral 0995008), con estricta sujeción al Proyecto de EJECUCIÓN presentado,
visado por el Colegio Oficial de Arquitectos el 25 de julio de 2013 y la documentación anexa
presentada, el 19 de septiembre de 2013, bajo la dirección facultativa del Sr. Arquitecto, D.
Pablo Pérez Martín, y debiendo tener en cuenta lo siguiente:
A) Se recuerda que las marquesinas no podrán superar la altura máxima de 8,20 metros de
acuerdo al artículo 177 de la Ordenanza Productivo del Plan General de Ordenación Urbana
aprobado definitivamente en julio de 2011.
B) Se tendrán en cuenta el cumplimiento del retranqueo mínimo a los linderos de todas las
construcciones establecido en 3 metros en el artículo 73 de la Normativa del Plan General de
Ordenación Urbana aprobado definitivamente en julio de 2011.
C) Se recuerda también que, conforme al escrito de fecha 19 de septiembre de 2013, no se
incluye la colocación de un rótulo tipo “totem” por lo que, en caso de plantear su instalación, se
solicitarán las licencias que resultaren oportunas, contando con ellas antes de proceder su
colocación.
D) Se recuerda que se deberán cumplir las condiciones establecidas en el DB SUA, en
especial lo que afecta a los parámetros de recorridos accesibles y las condiciones constructivas
para zonas de atención al público y aseos.
E) Las obras se ejecutarán en las alineaciones y rasantes oficiales.
F) Se advierte que esta Licencia Municipal no ampara la colocación de vallados con
ocupación de vía pública, debiendo solicitar para ello las correspondientes autorizaciones que
resultaren oportunas (Licencia Municipal de Obra Menor, liquidación de las correspondientes
tasas,...).
G) Así mismo, la obra garantizará las condiciones establecidas en los artículos 39 y
siguientes de la Orden VIV/561/2010 de 1 de febrero por la que se desarrolla el documento
técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización
de los espacios públicos urbanizados.
H) Se recuerda el cumplimiento de lo establecido en el Real Decreto 105/2008, de 1 de
febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y
demolición.
I) En relación con el acceso a la estación de servicio desde la Cuesta del Bolón se deberán
suprimir las dos plazas de estacionamiento y la zona excluida al tráfico que se contemplan tras
el acceso a la misma, debiéndose contemplar como acera tanto la rampa de acceso a las
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