Reglamento CBTis 211 2013.pdf


Vista previa del archivo PDF reglamento-cbtis-211-2013.pdf


Página 1...11 12 1314 15

Vista previa de texto


Artículo 70. No se permite introducir y utilizar en el aula aparatos electrónicos o artículos de
juego que se conviertan en distractores de sus tareas escolares. En caso de
incurrir será
acreedor a:
1ª INCIDENCIA
Reporte por escrito

2ª INCIDENCIA
Reporte por escrito y presencia
de los padres

3ª INCIDENCIA
Retención del artículo de juego por
un semestre

Artículo 71. Queda estrictamente prohibido utilizar el teléfono celular durante las horas de clase,
exámenes, talleres, laboratorios, espacios de estudio y eventos oficiales. En caso de incurrir será
acreedor a:
1ª INCIDENCIA
Llamada de atención verbal y
retención de un día del aparato

2ª INCIDENCIA
Reporte por escrito y retención
del aparato una semana

3ª INCIDENCIA
Retención del aparato por un
semestre

Artículo 72. Durante el horario asignado ningún alumno deberá permanecer fuera de las aulas,
laboratorios o talleres correspondientes; sin causa justificada. En caso de incurrir será acreedor a:
1ª INCIDENCIA
Llamada de atención por escrito

2ª INCIDENCIA
Reporte por escrito y presencia
de los padres

3ª INCIDENCIA
Suspensión temporal por un
año

Artículo 73. El alumno no deberá mostrar actitudes de pareja (exhibicionismo, besarse o
acariciarse) en cualquier lugar de la Institución, en caso de incurrir será acreedor a:
1ª INCIDENCIA
Llamada de atención verbal

2ª INCIDENCIA
Reporte por escrito y solicitar
la presencia de los padres

3ª INCIDENCIA
Reporte por escrito con suspensión
de tres días y realizar actividades
de labor comunitaria

Artículo 74. No se permite el acceso a la Institución si el alumno se presenta con alguno de los
siguientes aspectos:
 Hombres: traer el cabello largo, coletas, trenzas, rastras, cortes y colores extravagantes,
percing, uñas largas y/o boca pintada.
 Mujeres: traer el cabello teñido de colores extravagantes, percing y/o la boca y uñas
pintadas de negro.
En caso de incurrir será acreedor a:
No se le permite el acceso a la institución hasta corregir la falta
Artículo 75. El alumno no deberá usurpar identidad en exámenes. En caso de
acreedor a:

incurrir será

Baja definitiva

13