20130702 Acta aprobada Junta de Gobierno Local Ayto Zamora 02 07 13.pdf


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río Valderaduey, el autorizado será responsable de los propios daños que pudieran
ocasionarse como consecuencia de las avenidas o inundaciones sufridas sin que
tenga derecho a reclamación o indemnización alguna, por causa de no haber
respetado los niveles que las mismas previsiblemente alcancen.
B.-

Se cumplirán las condiciones particulares impuestas en la resolución de 10 de Abril de
2013 del Director General de Carreteras, Demarcación General de Carreteras del Estado
en Castilla y León Occidental y en particular la referida a:
“(Las obras de edificación, incluido cualquier elemento constructivo o instalación
aneja a las mismas, tanto aéreos como subterráneos) Se ubicarán en terrenos
propiedad del interesado, exteriormente a los terrenos expropiados y a la línea límite
de edificación, cuya distancia, medida en horizontal a la arista exterior de la calzada
más próxima, es de 25 metros para carretera convencionales; 50 metros para
autopistas, autovías y vías rápidas; y 100 metros para las variantes o carreteras
de circunvalación construidas con el objeto de eliminar las travesías de las
poblaciones.”

C.- Las obras se iniciarán antes de SEIS MESES, no se interrumpirán por más de seis meses
y finalizarán antes de DIECIOCHO MESES contados desde el día siguiente al de
notificación de la concesión de la Licencia Municipal de Obras.
D.- Se le recuerda que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 36 de la Ordenanza
Municipal de Tramitación de Licencias Urbanísticas de 6 de Noviembre de 2000, tiene la
obligación de comunicar a este Ayuntamiento la fecha de inicio de las obras, a los
efectos del control de su ejecución, debiendo disponer a pie de obra de copia autorizada
de la licencia urbanística.
TERCERO.- Dar traslado de la Resolución, en relación con la Autorización de Uso
Excepcional, a la Comisión Territorial de Urbanismo, para su conocimiento, en cumplimiento de
lo dispuesto en el artículo 307.4.a) del Reglamento de Urbanismo de Castilla y León
Dicha licencia se entenderá otorgada, salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de
terceros.
PUNTO CUARTO
REVISIÓN DE PRECIOS DEL CONTRATO DE “GESTIÓN DEL CENTRO DE EDUCACIÓN
INFANTIL LA ALDEHUELA DEL AYUNTAMIENTO DE ZAMORA, EN LA MODALIDAD DE
CONCESIÓN”. ACUERDOS PROCEDENTES:
Visto el expediente seguido en relación con la revisión de precios del contrato de
“Gestión del Centro de Educación Infantil La Aldehuela del Ayuntamiento de Zamora, en la
modalidad de concesión”, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de su composición legal,
y de conformidad con los informes obrantes en el expediente, ACUERDA:
PRIMERO.- Aprobar la revisión de precios del contrato de “Gestión del Centro de
Educación Infantil “La Aldehuela” del Ayuntamiento de Zamora, en la modalidad de concesión”,
solicitada por la Empresa OUTSOURCING SIGNO-SERVICIOS INTEGRALES GRUPO
NORTE S.L.U., representada por D. Miguel Calvo Calleja, desde el día 1 de febrero de 2013,
fijándose el precio del contrato en:
-

Precio / plaza / mes en asistencia a jornada de 8 horas (SIN el coste de materias
primas –alimentos- del servicio de comedor) es de 241,62 euros, IVA exento.
Precio / plaza /mes por servicio de comedor (materias primas –alimentos-

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