20133105 Acta Pleno Ayto. Zamora 31 05 13.pdf

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SEGUNDO.- Establecer las sesiones ordinarias de la Junta de Gobierno Local que tendrán
lugar TODOS LOS MARTES a las 10:00 am en la Sala de Comisiones del Ayuntamiento
TERCERO.- La presente Junta de Gobierno Local, además de asistir a esta Alcaldía en las
funciones de Gobierno como órgano consultivo, también se le encomendarán potestades
delegadas.”
14.- “De conformidad con las facultades que me confiere la Ley 7/85 de 2 de abril,
reguladora de las Bases del Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 781/86 de 18 de abril,
por el que se aprobó el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de
régimen Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidad
aprobado por Real Decreto 2568/86 de 28 de noviembre, HE RESUELTO:
PRIMERO.- Delegar en el Sr. Concejal Delegado de Organización Funcional, Gestión
Tributaria, Patrimonio e Informática, D. PABLO LÓPEZ QUEVEDO, las siguientes
funciones:
a) Gestión, Inspección y Recaudación tributarias. Sanciones en materia tributaria.
b) Tesorería
c) Resolución de expedientes de aplazamiento y fraccionamiento de deudas
d) Resolución de expedientes de exenciones y bonificaciones de toda clase de
tributos
e) Concesiones demaniales: terrazas, vados… patrimonio en general.
f)
Materias relacionadas con la Unidad de tecnologías de la información y
comunicación.
g) Archivo.
h) Control y supervisión del Inventario de Bienes.
i)
Aprobación de padrones mensuales de la tasa por la prestación del servicio del
Mercado de Abastos y Mayoristas.
j)
Requerimientos para la tramitación de expedientes.
Esta delegación de funciones implica la facultad de resolución mediante actos
administrativos que afecten a terceros, además de la dirección de los servicios
correspondientes y la de gestión general de los mismos, así como la facultad de
resolver los expedientes sancionadores y disciplinarios previstos en la normativa
vigente, salvo la resolución de los recursos potestativos de reposición.
SEGUNDO.- Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de la Provincia, en
cumplimiento de lo dispuesto en el art. 44, 2 del Reglamento de Organización,
Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, así como de la
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