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Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad para trabajadores y
trabajadoras de Fundación de Beneficencia Hogar de Cristo
Artículo 327: Son obligaciones de los trabajadores y trabajadoras los siguientes:
a. Todo trabajador o trabajadora debe tomar conocimiento sobre los peligros de la Radiación UV.
b. Asegurar el uso obligatorio de elementos de protección.
c. Usar camisa, buzo u otro elemento de vestir de manga larga.
d. Utilizar lentes de protección para radiación ultravioleta.
e. Utilizar y aplicar protectores solares con factor de protección que entrega Fundación de Beneficencia
Hogar de Cristo que será como mínimo factor 15.
Artículo 328: Como medida de protección adicional, está prohibido trabajar con pantalón corto, bermudas o
pescadores.
Título VII
De los riesgos psicosociales
Artículo 329: La evaluación de los Riesgos Psicosociales en el entorno laboral hacen referencia a aquellas
condiciones que están directamente relacionadas con la organización, el contenido del trabajo y la realización
de la tarea, y que tienen capacidad para afectar tanto al bienestar o la salud (física, psíquica o social) del
trabajador o trabajadora como al desarrollo del trabajo.
Artículo 330: La evaluación se deberá realizar de acuerdo al Protocolo de Riesgos Psicosociales en el Trabajo
elaborado por el Ministerio de Salud el año 2013 y actualizado en noviembre del año 2017 de acuerdo a
resolución exenta 1433, o la que se encuentre vigente con posterioridad a ella.
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