GuÃa Rápida INTENSIVOS.pdf

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INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA
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d) Los silenciadores aplicables a armas de fuego
No requiere que vayan instalados. Basta con el silenciador en sí
Los supresores (que eliminan el flash producido por la descarga de gases) sí están permitidos
NUNCA constituirá delito del Art. 563 por Tenencia Dinámica
e) La cartuchería con balas perforantes, explosivas o incendiarias, así como los
proyectiles correspondientes
Cartucho completo (pistón + vaina + carga de proyección + proyectil)
Proyectil por separado
NUNCA constituirá delito del Art. 563 por Tenencia Dinámica
f)
Las municiones para pistolas y revólveres con proyectiles «dum-dum» o de punta
hueca, así como los propios proyectiles
Dum Dum: corte perpendicular en punta plomada
Punta hueca: proyectil de expansión controlada con oquedad en la punta de la ojiva
Cartucho completo (pistón + vaina + carga de proyección + proyectil) o proyectil por separado
NUNCA constituirán delito del Art. 563 por Tenencia Dinámica
g) Las armas de fuego largas de cañones recortados
DELITO del Art. 563 C.P. por “modificación sustancial”
h) Las pistolas y revólveres detonadores
DELITO del Art. 564 si no poseen licencia o autorización (son armas de fuego)
DELITO del Art. 563 si, además de lo anterior, se porta en lugar de trascendencia para la SC
Infracción administrativa en caso de exceder los límites de uso y/o transporte
Artículo 5.2
IMITACIÓN DE ARMAS
Imitaciones de armas de fuego que por sus características externas puedan inducir a confusión
sobre su auténtica naturaleza, aunque no puedan ser transformadas en armas de fuego
Precepto aplicable por mera visualización externa
NUNCA constituirán delito del Art. 563 por Tenencia Dinámica
Artículo 5.3
NAVAJAS > DE 11 CMS
Navajas no automáticas cuya hoja exceda de 11 centímetros, medidos desde el reborde o tope
del mango hasta el extremo
Puede constituir delito del Art. 563 si cumple 4º requisito de Tenencia Dinámica
