La Transparencia en tiempos de la FEU.pdf


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Cuadro Obligaciones de Transparencia basado en la normatividad propia de la FEU.

I.
II.
III.
IV.
I.
II.
III.

IV.

V.

VI.

VII.
VIII.
IX.

Obligación

Fuente de la Obligación

Cumplimiento

Ingresos y egresos de todos los recursos manejados por la organización.
Comprobación de los Ingresos y Egresos.
Gestión y obtención de recursos de la Secretaría de Relaciones Públicas.
Bienes muebles e inmuebles bajo resguardo de la organización.
Actas y acuerdos de sesiones del Consejo General Feuísta.
Actas y acuerdos de sesiones del Comité Ejecutivo de la FEU.
Información relativa a la organización y sus diferentes instancias siempre que no se trate de
información confidencial o sea relativa a la privacidad de los miembros de la organización.
Todos los miembros del Comité Ejecutivo de la Organización estarán obligados a rendir
declaración patrimonial ante notario público, antes de asumir el cargo y al momento de concluir
con esa responsabilidad. Todas las declaraciones deberán hacerse públicas.
La Comisión de Hacienda, que se encargará de planear y asignar las partidas presupuestarias
conforme al presupuesto que señala la Secretaría de Finanzas de la Organización, así como
darlas a conocer por medio de un programa anual que contenga los porcentajes de la partida
presupuestal destinadas a cada actividad en específico y con detalle.
La Comisión de Contraloría, que tendrá amplias facultades de investigación y vigilancia sobre
el ejercicio del presupuesto de la Organización, guardando la obligación de reportarlo de
inmediato al Consejo General.
Cada miembro del Comité Ejecutivo deberá presentar ante esta instancia su Plan Anual de
Actividades, así como presentar ante el Consejo General feuista un Informe Anual, ambos casos
en la primera quincena de Noviembre.
Todos los miembros del Comité Ejecutivo deberán presentar un programa de sus actividades en
la primera semana de diciembre y junio respectivamente.
Todos los miembros del Comité ejecutivo deberán presentar un informe semestral de sus
actividades a la Secretaría General la última semana de enero y julio respectivamente.
Todos los miembros del Comité Ejecutivo deberán poner a disposición de la Secretaría de Actas
y Acuerdos de manera semanal, todos los documentos que emitan.

Art. 108. Estatuto FEU
Art. 108. Estatuto FEU
Art. 108. Estatuto FEU
Art. 108. Estatuto FEU
Art. 108. Estatuto FEU
Art. 108. Estatuto FEU

Negativa
Negativa
Negativa
Negativa
Negativa
Negativa

Art. 108. Estatuto FEU

Negativa

Art. 108. Estatuto FEU

Negativa

Art. 37. Estatuto FEU

Negativa

Art. 37. Estatuto FEU

Negativa

Art. 44. Estatuto FEU

Negativa

Art. 44. Estatuto FEU

Negativa

Art. 44. Estatuto FEU

Negativa

Art. 44. Estatuto FEU

Negativa